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Con esta sentencia se pone fin a una practica generalizada en nuestras empresas y por la que haciendo una interpretación ilegal del convenio nos han estado robando entre 5 y 10 minutos de descanso diarios. Esto supone que las empresas se han lucrado de entre 2 y 4 días por trabajador/a y año ya que nos han tenido trabajando ese tiempo cuando deberíamos estar descansando.
Esta sentencia, junto a la también conseguida en días pasados por CGT en la empresa CATSA, donde el Tribunal Supremo establece que las empresas no pueden imponer requisitos ni plazos para el disfrute de las excedencias especiales del artículo 31 de Convenio, explica claramente para que tipo de empresas trabajamos y de su falta de escrúpulos a la hora de obtener beneficios aun a costa de los derechos de sus trabajadores/ as.
Esperemos que lo que CGT ha conseguido ahora en los tribunales tras largo tiempo de lucha no lo tiren por la borda los sindicatos mayoritarios en el redactado del próximo convenio.
en Gescobán Soluciones hacen caso omiso de la sentencia del Supremo...
muy bien..todo lo referente al convenio y su negociacion me parece pero que muy bien ..PERO Y QUE PASA CON LA SENTENCIA DEL SUPREMO DE LOS ATRASOS DEL 1% DESDE EL 2009 HASTA HOY ..QUE SI SUMAMOS NOS HAN ROBADO MAS DE 200€ ....cuando coño sale la sentencia tan presumiblemente a favor del TRABAJADOR . cuando